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Convenios internacionales

Reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas y estándares internacionales

Los derechos de los pueblos indígenas reciben cada vez más atención en el sistema de Naciones Unidas. Sin embargo, algunos pueblos indígenas siguen quedando atrasados y sufren de forma más que proporcional de flagelos como el cambio climático, el deterioro del medio ambiente, los altos niveles de pobreza, las dificultades para acceder a la educación y la atención sanitaria y otras violaciones de derechos humanos.

Aunque los pueblos indígenas representan algo más del 6% de la población mundial (476 millones de habitantes en unos 90 países), tienen tres veces más probabilidades de vivir en condiciones de extrema pobreza que los demás grupos humanos. Los indígenas constituyen casi el 19% de quienes viven en extrema pobreza. Además, los pueblos indígenas han estado particularmente afectados por la pandemia de Covid-19 y sus repercusiones socioeconómicas y culturales. En el mundo entero existe una falta de estadísticas desglosadas sobre estos pueblos. Donde esos datos están disponibles, la situación es preocupante.

Lucha por la garantía de derechos y libertades

Un Estado garante de los derechos humanos debe asegurar una efectiva esfera de protección a todos y cada uno de sus habitantes sin distinción, y de conformidad con las obligaciones internacionales. Este deber involucra a todos los poderes del Estado, entre ellos el poder judicial que tiene la responsabilidad específica de otorgar operatividad a los instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos en el momento de resolver sus casos. En este sentido, la mayoría de las Constituciones de la región consagran una cláusula que permite a los jueces invocar directamente el derecho internacional para garantizar el respeto de los derechos humanos de todas las personas, especialmente de los grupos más vulnerables, como los pueblos indígenas.

Los pueblos indígenas han tenido que enfrentarse a un largo camino para el reconocimiento y el respeto efectivo de sus derechos y libertades fundamentales. Durante la década de los ’80 se logró abandonar la visión integracionista y de asimilación que imperaba y dar un giro hacia una nueva forma de comprender a los pueblos indígenas, su cultura y cosmovisión. Esto se tradujo en la adopción de dos instrumentos internacionales:

La Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas , adoptada por la Asamblea General el 13 de septiembre de 2007. La Declaración reconoce los derechos básicos de los pueblos indígenas en una serie de áreas de especial interés para estos pueblos, en el marco del principio general del derecho a la libre determinación, incluyendo el derecho a la igualdad y a la no discriminación; el derecho a la integridad cultural; el derecho a la tierra, el territorio y los recursos naturales; el derecho al autogobierno y la autonomía; el derecho al consentimiento previo, libre e informado, y otros.

El Convenio de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, No. 169 , adoptado por la Conferencia Internacional del Trabajo el 27 de junio de 1989. El Convenio es hasta ahora el tratado internacional más avanzado específicamente dedicado a la promoción de los derechos de los pueblos indígenas. El Convenio incorpora una serie de disposiciones relativas, entre otras, a la administración de justicia y al derecho consuetudinario indígena; el derecho a la consulta y a la participación; el derecho a la tierra, territorio y recursos naturales; derechos sociales y laborales; educación bilingüe, y cooperación transfronteriza.

Estos instrumentos se refuerzan mutuamente con el objetivo de mantener y fortalecer, en particular, la cultura, formas de vida y las instituciones de los pueblos originarios del mundo.

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